Hay varios usos del préstamo que no son elegibles para condonar, algunos ejemplos de estos son:
- Compensación pagada a los empleados que exceda los $100,000
- Compensación pagada a empleados domiciliados fuera de los EE. UU.
- Montos pagados a un contratista independiente.
- Salarios de licencia por enfermedad calificados o salarios de licencia familiar para los que se permite un crédito en virtud de las secciones 7001 o 7003 de la Primera Ley en Respuesta a las Familias sobre el Coronavirus.
- Impuesto federal sobre la nómina, incluida la participación del empleador en los impuestos FICA (Federal Insurance Contributions Act) y la Ley de Jubilación Ferroviaria.
Nota: Los periodos cubiertos van desde 8 hasta 24 semanas y cada semana tiene un tope distinto. Si eliges el periodo cubierto de 8 semanas los empleados tienen un tope por persona de $15,385 (el equivalente a 8 semanas de $100,000 anuales). Si eliges el periodo cubierto de 24 semanas, el tope será $46,154 (el equivalente a 24 semanas de $100,000 anuales). Por otro lado, trabajadores por cuenta propia y propietarios únicos si eligen el periodo cubierto de 8 semanas, tienen un tope que será igual a lo menor entre (i) de $15,385 (el equivalente a 8 semanas de $100,000 anuales) y (ii) el equivalente a 8 semanas de su compensación aplicable en 2019 o 2020 según reportado en la 1040PR o Anexo C. Si elige 10 semanas el tope será (i) de $19,231 (el equivalente a 10 semanas de $100,000 anuales) y (ii) el equivalente a 10 semanas de su compensación aplicable en 2019 o 2020 según reportado en la 1040PR o Anexo C. Los topes se establecerán dependiendo del número de semanas incluidos en el Periodo Cubierto.